Época: Décima Época
Registro: 2009333
Instancia: Tribunales Colegiados
de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la
Federación
Publicación: viernes 05 de junio
de 2015 09:30 h
Materia(s): (Común)
Tesis: (I Región)1o.5 K (10a.)
RECURSO DE QUEJA PREVISTO
EN EL ARTÍCULO 97, FRACCIÓN I, INCISO B), DE LA LEY DE AMPARO. DEBE
CONSIDERARSE INTERPUESTO EN TIEMPO SI LA OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN LO RECIBIÓ EN LAS PRIMERAS HORAS DEL DÍA
SIGUIENTE AL VENCIMIENTO DEL PLAZO PARA SU PRESENTACIÓN.
El artículo 29, párrafo primero, del Acuerdo
General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece
las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos
jurisdiccionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de enero de 2015, establece
que el horario de las oficinas de correspondencia común será de las ocho horas
con treinta minutos a las veinticuatro horas, en días hábiles con algunas
excepciones, como la prevista en su artículo 40, el cual dispone que
si se encuentra próximo a concluir el horario de actividades y se presentan
varios interesados solicitando la recepción de sus promociones, el personal
debe entregarles comprobantes o contraseñas con el objeto de atenderles y
recibir los documentos que exhibiesen a fin de justificar su recepción fuera
del horario establecido. En este contexto, si se interpuso el recurso de queja
previsto en el artículo
97, fracción I, inciso b), de la Ley de Amparo y la mencionada oficina lo recibió en las
primeras horas del día siguiente al vencimiento del plazo para su presentación,
debe considerarse que dicho medio se interpuso en tiempo. Lo anterior, toda vez
que cuando un escrito o promoción se recibe en una oficina de correspondencia
común en las primeras horas del día, ello hace presumir que el promovente se
presentó antes de las veinticuatro horas del día anterior, pero que existió una
carga excesiva de trabajo que impidió al personal respectivo recibir los
escritos u oficios en el horario establecido por el referido Consejo y, por
ello, se recibieron en las primeras horas del día siguiente.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL
CENTRO AUXILIAR DE LA PRIMERA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN EL DISTRITO FEDERAL.
Queja 473/2015. Comercializadora
Farmacéutica MD, S.A. de C.V. 4 de marzo de 2015. Unanimidad de votos. Ponente:
Andrea Zambrana Castañeda. Secretaria: Mirna Pérez Hernández.
Nota: El Acuerdo General del Pleno del
Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de
actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, aparece publicado en
la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 14, Tomo
III, enero de 2015, página 2127.
Esta tesis se publicó el viernes
05 de junio de 2015 a las 09:30 horas en el Semanario Judicial de la
Federación.
Acuerdo. Véase: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5378594&fecha=15/01/2015&print=true
Consultada al siete de junio de dos mil quince a
las quince horas con once minutos [Hora del Distrito Federal]
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